97 de cada 100 pymes transportistas no están listas para presentar el Complemento Carta Porte

Las empresas de autotransporte aseguran que será todo un reto cumplir con este requisito antes que entren en vigor las sanciones económicas, debido a que la carga administrativa para ellos se elevó hasta 10 veces.

De acuerdo a la investigación realizada por la Cámara Nacional del Autotransporte de Carga (CANACAR), el 97% de las pymes no cuentan con la infraestructura para cumplir con el complemento Carta Porte, además de que han mostrado retrasos en la logística, mayor burocracia y necesidad de contratar mayor personal. 

El complemento Carta Porte comenzó un periodo de adaptación que va desde el 1 de enero 2022 hasta el 30 de septiembre de 2022, durante este periodo no existirá ninguna sanción o inconveniente por tener errores o incluso por no tener el CFDI con el complemento Carta Porte correspondiente. 

Posterior al 30 de septiembre, el incumplimiento de no tener el documento con Carta Porte, cuando sea requerido, conducirán a multas de hasta 97.000 pesos, además no se podrá demostrar la procedencia de la mercancía, por lo que se puede presumir ilícita, no será acreditable el servicio de transporte para deducción de ISR o IVA y en caso de reincidencia se ​ puede llegar a clausurar el negocio.

¿Cómo saber si estoy obligado a emitir el complemento Carta Porte?

Al respecto, Alegra.com, la plataforma especializada en administración y facturación electrónica en la nube para MiPymes, brinda mayor información:

  1. Las empresas o personas que brindan servicios de transporte de bienes y/o mercancías, deberán emitir una factura electrónica de tipo ingreso con complemento Carta Porte.
  2. Si eres dueño de vehículos para transportar tus propios bienes y/o mercancías, debes emitir una factura electrónica de tipo traslado con complemento Carta Porte.
  3. El intermediario o agente de transporte, que preste servicios de logística para el traslado de bienes y/o mercancías, o tenga mandato para actuar por cuenta del cliente, debe emitir una factura electrónica de tipo traslado con complemento Carta Porte cuando el traslado lo realice por medios propios.

¿Qué actividades económicas deberán usar el Complemento Carta Porte?

La actividad económica se reconoce con la clave del producto SAT que se usa al emitir las facturas. Se requerirá la emisión de CFDI de ingreso con complemento Carta Porte cuando sean traslados que recorren más de 30km de carretera federal y esté dentro de las siguientes actividades económicas.

  • Transporte de carga general y especializada.
  • Servicio de paquetería y mensajería.
  • Grúas de arrastre.
  • Grúas de arrastre y salvamento.
  • Depósito de vehículos.
  • Traslado de fondos y valores o materiales.
  • Residuos peligrosos

En caso de ser transporte local y estar seguro de no recorrer más de 30 km en tramo federal, se debe que la clave de producto será 78101801 - Servicios de transporte de carga por carretera (en camión) en área local. Al utilizar una clave de producto distinta relacionada a las actividades anteriores deberá agregarse el complemento carta porte.

Claudia Barrantes

PR & Communications

 

Consigue actualizaciones en tu bandeja de correo

Al hacer clic en "Suscribirse", confirmo que he leído y acepto la Política de Privacidad.

Sobre Alegra

Alegra.com es el ecosistema de soluciones en la nube para la gestión de las MiPymes y emprendedores. Especializados en Contabilidad Inteligente, el ecosistema integral de Alegra.com brinda soluciones en contabilidad, facturación, punto de venta (POS) y nómina electrónica.  Con más de 700,000 usuarios registrados en 2023, el éxito de Alegra.com radica en su adaptabilidad a la legislación tributaria de cada uno de los países donde opera; entre ellos Argentina, Colombia, Costa Rica, España, México, Panamá, Perú y República Dominicana.

Para más información, visita https://www.alegra.com 

Síguenos en:

Twitter: @AlegraWeb

Facebook: @alegraweb

Instagram: @alegraweb

LinkedIn: Alegra sistema contable, administrativo y de facturación

Youtube: AlegraWeb