La DGII abrió una ventana para saldar deudas tributarias y cierra en pocos días
La Circular 03-2026 ofrece facilidades de pago que vencen a fin de mes; quien no las use podría quedar fuera de la facturación electrónica obligatoria

Santo Domingo, 23 de marzo de 2026 - El caso de un propietario de una tienda de papelería en la avenida Duarte, con más de ocho años de operación constante, ilustra la realidad de cientos de contribuyentes dominicanos. Nunca declaró con errores graves, pero acumuló dos deudas de recargos pequeñas entre 2019 y 2021 que nunca terminó de pagar. Ahora tiene un problema doble: el 15 de mayo, la DGII le exige emitir comprobantes fiscales electrónicos, y para eso necesita estar al día. No lo está.
Su caso no es raro. La Dirección General de Impuestos Internos emitió en febrero de 2026 la Circular 03-2026, que establece descuentos de hasta 70% en recargos para contribuyentes con deudas anteriores al año 2020, siempre que realicen el pago completo antes del 31 de marzo. Para deudas de 2021 a 2023, el descuento es del 50%. El plazo vence en pocos días.
La medida no es una amnistía —el impuesto principal y los intereses deben pagarse íntegros— pero reduce drásticamente la carga de los recargos acumulados, que en República Dominicana son del 10% el primer mes y del 4% mensual acumulativo. Una deuda pequeña de hace cuatro años puede haberse multiplicado por dos o tres solo en penalidades.
Lo que añade urgencia a la fecha es la Ley 32-23 de facturación electrónica. Las pequeñas y microempresas deben adoptar los comprobantes fiscales electrónicos (e-CF) a partir del 15 de mayo de 2026. Estar al día con la DGII es requisito previo para obtener la autorización de facturación electrónica. Quien llega al 15 de mayo con deudas pendientes, no puede facturar electrónicamente. Quien no puede facturar electrónicamente, opera en infracción.
"La digitalización de la DGII va más rápido de lo que muchas pymes pueden seguir. Y no es porque el empresario dominicano no quiera cumplir, es porque nadie le avisó a tiempo que el reloj corre de dos lados a la vez." — Carolina Felizzola, gerente de Alegra para República Dominicana.
Alegra.com, software de contabilidad en la nube usado por miles de pymes en el país, genera automáticamente el historial de obligaciones tributarias del negocio y emite alertas cuando hay inconsistencias pendientes. Para los contribuyentes que ya operan en la plataforma, identificar qué deudas califican para la Circular 03-2026 toma minutos, no días. Para los que migran a e-CF, Alegra está certificado por la DGII como solución habilitada para emitir comprobantes fiscales electrónicos desde el primer día.
El margen se estrecha. La Circular 03-2026 es una medida extraordinaria que no tiene fecha de renovación anunciada, y los contribuyentes que incumplieron un acuerdo de pago en el último año solo pueden acogerse bajo la modalidad de pago único. Para micro-emprendedores con cierre fiscal al 31 de marzo, esa fecha también marca el vencimiento de la declaración jurada IR-1.
Regularizar el historial fiscal antes del 31 de marzo no es solo cumplimiento tributario. Es el boleto de entrada a la facturación electrónica que, en dos meses, será obligatoria para todo el sector.