SIRE obligatorio desde octubre: Todo lo que necesitas saber para cumplir con la SUNAT

A partir de octubre de 2023, el SIRE será obligatorio a nivel general. Alegra.com comparte todas las modificaciones que se deben tener en cuenta para estar preparado ante esta nueva normativa.

El Sistema Integrado de Registros Electrónicos (SIRE) es una herramienta creada por la SUNAT (Superintendencia Nacional de Aduanas y de Administración Tributaria) con el objetivo de modernizar y simplificar la gestión tributaria, así como mejorar la fiscalización y el control de las obligaciones fiscales de los contribuyentes. A través de este sistema se facilitará la generación y gestión del Registro de Ventas e Ingresos Electrónico (RVIE) y el Registro de Compras Electrónico (RCE).

La Obligación para llevar el SIRE comenzó desde julio 2023 para 154 empresas, los principales contribuyentes y exportadores de servicios. Sin embargo, a partir del 1 de octubre del 2023 será obligatorio para todos los demás contribuyentes, por lo cual Alegra.com, plataforma líder en facturación electrónica y contabilidad en el país explica los beneficios, procesos y multas que conllevará este sistema.

¿Cuáles son los beneficios de la implementación del SIRE?

  • Optimiza los procesos: automatiza la propuesta de los registros utilizando la información de los Comprobantes de Pago Electrónicos (CPE). Esto agiliza y simplifica la generación de registros.
  • Reduce los costos operativos: se traduce en ahorros notables, pues elimina la necesidad de consumir papel, imprimir documentos, archivar y conservar registros físicos. Además, reduce la necesidad de consultas y asesorías posteriores relacionadas con el control tributario.
  • Cumplimiento efectivo: actúa como una herramienta de apoyo al contribuyente, facilitando y guiando el proceso de elaboración del RVIE, lo que contribuye al cumplimiento de las obligaciones tributarias.

¿Cómo puedo generar el RVIE y el RCE?

  1. Opciones de presentación: Toda esta información, tanto para el registro de compras o ventas, podrá presentarse por las 3 formas de acceso al SIRE: SUNAT en línea, Aplicativo MIGEIGV o por la API.
  2. Recepción de propuesta: Se dará una propuesta, es decir, la información tanto de compra y venta, en donde se puede aceptar o complementar la propuesta.
  3. Reemplazo de la propuesta: Existe la opción de reemplazar la propuesta y cargar el formato TXT con la información del RVIE y RCE en caso se encuentren inconsistencias en la información que presenta SUNAT con la contabilidad.
  4. Generación de la presentación: Luego de aceptar alguna de las opciones anteriores se generará la presentación. 
  5. Modificaciones posteriores: Si se quiere realizar alguna modificación de los comprobantes, se podrá realizar con la opción de los ajustes posteriores.

¿Cuál es la multa de no aplicar el SIRE?

Aunque todavía no se ha establecido una multa específica para el SIRE, es importante saber que las multas relacionadas con los libros electrónicos pueden aplicarse en el contexto del registro de ventas y compras declarado a través del Sistema de Libros Electrónicos (SLE) - Programa de Libros Electrónicos (PLE). En este sentido, la infracción se rige por el numeral 10 del artículo 175 del Código Tributario, que establece lo siguiente:

  • La multa por no presentar los registros asciende al 0.6% de los ingresos netos del año anterior.
  • La multa no puede ser menor al 10% de la Unidad Impositiva Tributaria (UIT) ni mayor a 25 UIT.
  • Existe una facultad discrecional que indica que si no has presentado tus libros electrónicos a tiempo, tienes la posibilidad de hacerlo antes de que la SUNAT te notifique. 

"El SIRE representa un cambio significativo en la forma en que se llevan los registros contables. Es una oportunidad para simplificar procesos, reducir costos y mejorar la transparencia en la gestión fiscal. Los contadores desempeñan un papel clave en esta transformación, por lo cual deben aprovechar las soluciones contables disponibles en el mercado que estén acordes a esta normativa para facilitarles el cumplimiento tributario y la toma de decisiones financieras más informadas”, mencionó Adolfo Coll Cárdenas, Líder Estratégico de Alegra.com en Perú.

Claudia Barrantes

PR & Communications

 

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