Último mes de convivencia ¿Qué pasa si no migro a la facturación 4.0?

Después de extender la prórroga hasta el 31 de marzo, la facturación 4.0 comienza su vigencia como formato obligatorio este el 1 de abril de 2023, con lo que el esquema vigente desde 2017 de las facturas electrónicas con CFDI 3.3 serán reemplazadas definitivamente.

Desde su lanzamiento, la versión 4.0 de los comprobantes fiscales ha coexistido con la versión 3.3 con la finalidad de que los contribuyentes se adapten a este sistema antes de que se vuelva el único sistema aceptado por la autoridad fiscal, sin embargo, a pesar de que desde el próximo mes la facturación 4.0 será el único formato aceptado por el Servicio de Administración Tributaria (SAT), casi el 90% de las mipymes en el país siguen sin adoptarlo.

Aún existe ese miedo de transitar de la facturación 3.3 a la 4.0 debido a todas las normas fiscales que se están dando. Son cerca de 4 millones de mipymes que se verán perjudicadas al no estar actualizadas, lo que tendrá un gran impacto en su rentabilidad. Es recomendable que desde ya busquen un sistema que les brinde el acompañamiento y que esté acorde a la normativa fiscal del país para que realicen la transición de la manera más sencilla posible”, menciona Román Ramírez Líder Estratégico de Alegra.com, sistema contable y de facturación electrónica para pymes en México.

En comparación con el formato 3.3, el CFDI 4.0 tiene algunas modificaciones como la inclusión de datos de las dos partes que participen en la operación, así como el número del Registro Federal de Contribuyentes (RFC) con el nombre o razón social, código postal del domicilio fiscal. Además, se vuelve obligatorio especificar el motivo de cancelación de facturas, siendo posible cancelar solo los comprobantes correspondientes al ejercicio fiscal en curso.

Las nuevas reglas al momento de la cancelación son:

  • Especificar el motivo de la cancelación de los comprobantes.
  • Al seleccionar como motivo de cancelación la clave 01: ‘Comprobante emitido con errores con relación’, deberá relacionarse el folio fiscal del comprobante que sustituye al cancelado.
  • Se eliminan las validaciones de la versión y forma de pago.
  • Se incorporan validaciones que realizan los proveedores de certificación de CFDI.

¿Cuál son las multas que aplican por no adherirse al CFDI 4.0?

El artículo 84 del Código Fiscal de la Federación señala que las multas por no entregar o poner a disposición de los clientes los comprobantes fiscales digitales por internet de tus actividades, pueden ir de entre los 17 mil y 97 mil pesos y en caso de reincidencia pueden clausurar el negocio de entre 3 a 15 días.

Con respecto a las nuevas reglas de cancelación, el SAT ha señalado que las personas que no las cumplan pueden recibir una multa de entre el 5 y el 10% del valor de la factura. Además, las facturas que no cuenten con los complementos necesarios podrán recibir una multa de entre 400 y 600 pesos por factura, situación que puede afectar a la economía de la empresa.

Claudia Barrantes

PR & Communications

 

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